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Instalaciones de Consumo en Baja Tensión NCH Elec. 4/2003 Se incluyen en esta versión Notas Aclaratorias, identificadas en el texto por la sigla destacada NA y escritas en cursiva.
Esta Norma tiene por objeto fijar las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las instalaciones eléctricas de consumo en Baja Tensión, con el fin de salvaguardar a las personas que las operan o hacen uso de ellas y preservar el medio ambiente en que han sido construidas.
Este nuevo reglamento entrará en vigencia el 12 de Julio de 2021 y en consecuencia, reemplazará a la Norma Eléctrica NCH Elec. 4/2003 – Instalaciones de Baja Tensión, dejándola obsoleta.
La norma NCh Elec 4/84, establece un valor de 1 mA como máxima corriente de fuga permisible en cualquier tipo de instalación o equipo eléctrico; este valor a su vez fue fijado sobre la base de lo establecido por una recomendación IEC.
27 de sept. de 2022 · El nuevo reglamento presentado por la SEC entró en vigencia el 12 de julio de 2021 para reemplazar a la antigua Norma Eléctrica NCH Elec.4/2003, la cual regulaba instalaciones de Baja Tensión.
Toda pieza conductora que pertenezca a la instalación eléctrica o forme parte de un equipo eléctrico y que no sea parte integrante del circuito, podrá conectarse a una puesta a tierra de protección para evitar tensiones de contacto peligrosas.
Este documento establece las normas y especificaciones técnicas mínimas para instalaciones eléctricas de baja tensión en Chile.