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  1. Basilea III es un conjunto de medidas acordadas internacionalmente que el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea ha desarrollado en respuesta a la crisis financiera de 2007-09. El objetivo de dichas medidas es reforzar la regulación, la supervisión y la gestión del riesgo de los bancos.

    • Groups

      Information about Basel Committee groups. The BCBS's...

    • History

      Updated 17 May 2016. The Irving Fisher Committee on Central...

    • Overview

      Our medium-term strategy, Innovation BIS 2025, leverages...

    • Charter

      III. Oversight 6. The Group of Governors and Heads of...

  2. A continuación se presentan de forma resumida las principales características de las reformas de Basilea III finalizadas. Los textos normativos que conforman Basilea III, que recogen todos los aspectos de las reformas, se publican por separado en la siguiente página web: www.bis.org/bcbs/publ/d424.htm. La

  3. La nueva Ley General de Bancos define lineamientos generales para establecer un sistema de adecuación de capital en línea con los estándares internacionales de Basilea III, entregando a la CMF la facultad de dictar por vía normativa el marco de capital de manera prudencial.

  4. Este documento presenta una de las reformas esenciales del Comité de Basilea1 para lograr un sector bancario más resistente: el Coeficiente de cobertura de liquidez (LCR). El objetivo del LCR es promover la resistencia a corto plazo del perfil de riesgo de liquidez

  5. ¿Qué es Basilea III? ¿Cómo garantiza la UE la estabilidad bancaria y el pragmatismo? ¿Cuáles son las ventajas para los ciudadanos de la UE?

  6. 9 de mar. de 2018 · Resumen: Este documento elabora la fundamentación técnica del proyecto de ley que reforma la Ley General de Bancos en Chile y describe los principales desafíos regulatorios que deberá abordar la nueva autoridad supervisora en términos de la implementación de Basilea III, una vez aprobada la ley.

  7. ¿Qué es. Basilea III? El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea es el principal jador de estándares internacionales para la regulación prudencial de los bancos. Tiene 45 miembros de 28 jurisdicciones* y 3 países observadores (Chile, Malasia y los Emiratos Árabes).