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  1. 14 de dic. de 2022 · Código de Procedimiento Civil. Artículo 654. Para acordar o resolver lo conveniente sobre la administración pro indiviso, se citará a todos los interesados a comparendo, el cual se celebrará con sólo los que concurran. No estando todos presentes, só.

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      FINAL CPC Ley 1552, 28 de Agosto de 1902 Código de...

  2. 15 de sept. de 2022 · Codigo de Procedimiento Civil (última modificación 15-sep-2022)

  3. 11 de dic. de 2021 · La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan al fallo del tribunal. Codigo de Procedimiento Civil (última modificación 15-sep-2022)

  4. 7 de jun. de 2024 · Art. 654. (811). Para acordar o resolver lo conveniente sobre la administración pro indiviso, se citará a todos los interesados a comparendo, el cual se celebrará con sólo los que concurran.

  5. 25 de nov. de 2013 · Esta vulneración de ley ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en la medida que la errada interpretación de los artículos 653 y 654 del Código de Procedimiento Civil y artículo 2132 del Código Civil, condujo a conferirle al administrador pro indiviso designado facultades que no le corresponden, desmereciendo la postura ...

  6. www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Ley 1552 Fecha Publicación :30-08-1902 Fecha Promulgación :28-08-1902

  7. 30 de nov. de 2021 · Art. 2° El procedimiento es ordinario o extraordinario. Es ordinario el que se somete a la tramitación común ordenada por la ley, y extraordinario el que se rige por las disposiciones especiales que para determinados casos ella establece.

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