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  1. 24 de jun. de 2024 · Código Orgánico de Tribunales. Artículo 421. Sólo podrán dar copias autorizadas de escrituras públicas o documentos protocolizados el notario autorizante, el que lo subroga o suceda legalmente o el archivero a cuyo cargo esté el protocolo respectivo.

  2. 9 de feb. de 2024 · Codigo Organico de Tribunales(última modificación 09-feb-2024) Por Decreto de 19 de Agosto de 1942, el Supremo Gobierno comisionó a la Universidad de Chile para que, por intermedio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y sin derecho a remuneración, procediera a refundir en un solo texto la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de Octubre de 1875, y todas ...

  3. Art. 421. Sólo podrán dar copias autorizadas de escrituras públicas o documentos protocolizados el notario autorizante, el que lo subroga o suceda legalmente o el archivero a cuyo cargo esté el protocolo respectivo.

  4. 8 de jul. de 2018 · Calera, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Nogales, Calera, La Cruz e Hijuelas. San Felipe, con t Ley 21017 Art. 1 N° f) D.O. 07.07.2017 res jueces, con competencia sobre las comunas de San Felipe, Catemu, Santa María, Panquehue y Llay-LLay. Los Andes, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de San Esteban ...

  5. 30 de nov. de 2021 · Los receptores ejercerán sus funciones en todo el territorio jurisdiccional del respectivo tribunal. Sin embargo, también podrán practicar las actuaciones ordenadas por éste, en otra comuna comprendida dentro del territorio jurisdiccional de la misma Corte de Apelaciones.

  6. 26 de feb. de 2022 · 1.- Extender los instrumentos públicos con arreglo a las instrucciones que, de palabra o por escrito, les dieren las partes otorgantes; 2.- Levantar inventarios solemnes; 3.- Efectuar protestos de letras de cambio y demás documentos mercantiles; 4.-

  7. 14 de mar. de 2019 · Codigo Organico de Tribunales (última modificación 09-feb-2024)