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  1. - ¿Qué se entendía, en Derecho romano, por mores maiorum? Con el término mores maiorum se designan las costumbres de los antepasados, que los romanos consideraban la fuente de todo derecho público y privado. + Las mores maiorum, recogidas en la ley de las XII Tablas

    • Princeps

      Se denominaba princeps al príncipe, el primero de los...

    • Entrada Antigua

      Se denomina civitas a la comunidad ciudadana jurídicamente...

    • Roma

      A partir del II milenio a.C., pueblos de diversos orígenes y...

  2. La locución latina mos maiorum o su equivalente en plural, mores maiorum se traduce como "la costumbre de los ancestros". De allí se entiende por mos maiorum a un conjunto de reglas y de preceptos que el ciudadano romano apegado a la tradición debía respetar.

  3. La locución latina mos maiorum o su equivalente en plural, mores maiorum se traduce como "la costumbre de los ancestros". De allí se entiende por mos maiorum a un conjunto de reglas y de preceptos que el ciudadano romano apegado a la tradición debía respetar.

  4. El conjunto de reglas más antiguo de Roma podemos decir que es el mismísimo Mores Maiorum que significa ''la costumbre de los ancestros''. Estas eran las reglas de la comunidad arcaica de Roma, que también sobrevivieron al inicio de la República e incluso hasta el Imperio.

  5. La familia es el conjunto de personas y bienes, que se encontraban jurídicamente bajo la autoridad civil de un paterfamilias, siendo la unidad más básica en la que se organizaba la sociedad civil romana, y sus relaciones con los individuos.

  6. Los mores o mores maiorum dan vida al primitivo ordenamiento, que la interpretatio jurisprudencial desenvuelve y adapta a las nuevas exigencias. La terminología romana no es firme en lo que toca a distinguir entre los mores y la consuetudo, entre los contenidos de moral tradicionales y la costumbre.

  7. desde el origen del Derecho romano hasta la llegada de Octavio al poder, los términos. mores maiorum, mores civitatis, representaron un momento histórico en el que la. costumbre fue la principal fuente del derecho privado, mientras que el término consuetudo.