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  1. El presente artículo analizará el incidente de rescisión (o nulidad) de lo obrado por falta de emplazamiento del art. 80 del Código de Procedimiento Civil, en especial en lo referente a sus presupuestos de procedencia y consecuencias.

  2. 11 de nov. de 2009 · Para que tenga lugar el incidente especial de nulidad de lo obrado establecido en el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil, se requiere: a) que el litigante que lo hace valer se encuentre rebelde; b) que no se le haya hecho saber en persona ninguna de las providencias librada s en juicio; c) que ofrezca probar que por un hecho que no ...

  3. enero de 2020 rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, invirtiendo el onus probandi , efecto derivado de aplicar la presunción de veracidad de las actuaciones realizadas por un ministro de fe.

  4. Actualmente, al analizar el Código de Procedimiento Civil se puede apreciar que la nulidad procesal se encuentra presente en diversas normas. En efecto, el Código contempló la regulación del incidente especial de nulidad por falta de emplazamiento (art. 80 CPC); el recurso de casación en la forma (art. 766 CPC) y en el fondo (art.

  5. expresamente que solo puede oponerse las excepciones de prescripción, pago o falta de emplazamiento, dos de las cuales se han opuesto. El Tribunal, mediante resolución de junio de 2020, declaró inadmisible cuatro excepciones deducidas por la parte demandada. Explican que, en razón del rechazo

  6. compareció el 20 de septiembre de ese año deduciendo un incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento. En subsidio, opuso a la ejecución las excepciones de los números 17, 7, 9 y 10 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil.

  7. contravención de este principio base de nuestro Estado de Derecho se sancionará con la nulidad, lo que en el ámbito judicial se manifiesta, especialmente, a través de los recursos de casación y nulidad.

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