Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. La pena de muerte conlleva la violencia y constituye una especie de venganza contra la justicia y viola el primer derecho de todo ser humano, el derecho a la vida, en el que se sustentan todos los demás derechos.

  2. del uso de un doble juego de reglas para la determinación de la pena: por una parte, las que permiten la fijación legal de la pena y, por el otro, las reglas de individualización judicial de la pena. Estas últimas son las que utilizan los jueces y las juezas. Para el caso de los adultos se identifican,

  3. JAVIER GALLEGO S.**. Universidad de Chile. RESUMEN: En este artículo se pretende revisar de forma sistemática la discusión jurisprudencial en torno a la admisibilidad de la pena de muerte. Para ello se revisarán las sentencias de la Suprema Corte norteamericana recaídas en casos donde se pretende aplicar la pena de muerte.

  4. Para concluir se realizará un análisis de lo que ha sido y representado la Pena de Muerte en Chile, a través de los distintos períodos hasta el actual. En esta parte se incluirá un acápite sobre diversas fundamentaciones jurisprudenciales de las sentencias condenatorias y absolutorias en su caso, que tengan relación con la pena

  5. Opiniones consultivas sobre la pena de muerte. VII. Principios concretos que se desprenden de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con la pena de muerte. En el marco de la materia central de estas Jornadas, corresponde examinar el tema concerniente a las penas.

  6. Nº 1: PENA DE MUERTE 5 1. ASPECTOS GENERALES SOBRE LA PENA DE MUERTE La Corte Interamericana ha tratado algunos temas generales relativos a la correcta interpretación de la Convención en materia de pena de muerte. Ha establecido un criterio general de interpretación restrictiva de la facultad que se confiere a los Estados de aplicar

  7. I. Aplicación y ejecución irrestricta de la pena de muerte. El Derecho Internacional considera a la pena de muerte desde la perspectiva del derecho a la vida; sin embargo, las modalidades de su ejecución se enmarcan en la esfera de la prohibición de tratos crueles, inhumanos o degradantes.