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  1. Art. 454. En la audiencia de juicio se aplicarán las siguientes reglas: 1) La audiencia de juicio se iniciará con la rendición de las pruebas decretadas por el tribunal, comenzando con la ofrecida por el demandante y luego con la del demandado.

  2. Pasaremos a desarrollar la audiencia de juicio oral laboral paso a paso, intentando identificar sus momentos más relevantes y las mejores alternativas o argumentos para enfrentar los nudos críticos que pudieran suscitarse en esta audiencia.

  3. Al inicio de la audiencia de juicio, luego de la presentación del juez o jueza que dirige la audiencia y la individualización de las partes, se proveerán los escritos pendientes y deberán resolverse los incidentes que, eventualmente, hubiesen sido dejados para resolver en audiencia.

  4. 19 de sept. de 2024 · Un juicio del trabajo es un procedimiento legal que permite a trabajadores y empleadores resolver disputas relacionadas con temas laborales. Estas controversias pueden incluir despidos injustificados, incumplimiento de contratos, pagos adeudados y otras materias laborales.

  5. En este sentido, la norma (artículo 454 Nº8 del CT), dispone que será el juez o jueza que dirige la audiencia de juicio, quien deberá determinar la forma en que se rendirá ese medio de prueba, adecuándose, en lo posible, al medio de prueba más análogo.

  6. En contra de esta resolución y de la que no diere lugar a ella, sólo procederá el recurso de reposición, el que deberá interponerse y fallarse de inmediato. De no haber hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal dará por concluida la audiencia y procederá a dictar sentencia.

  7. Las Guías para la Conducción de Audiencias Laborales consideran las audiencias relevantes del proceso, y se componen de las audiencias preparatoria, monitoria, de juicio oral y conciliación.

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