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  1. Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Agua superficiales y subterráneas y Comunidades de Drenaje constituidas podrán inscribirse en el Padrón. ¿Qué necesito para hacer el trámite? Adjuntar los siguientes documentos: RUT de la organización. Estatuto de la organización de usuarios.

  2. 1 de ene. de 1993 · ASOC CANAL JUAN FRANCISCO RIVAS. Información Adicional. Ventas: 1. Empleados: 4. Ranking: 1026928. ¿Vende al Estado?: NO. Capital: -- Actividades: ID ACTIVIDAD: 360000 / ACTIVIDAD: Captación, tratamiento y distribución de agua. Leyenda. Ventas: Representa el ranking de la cifra de ventas del universo de empresas chilenas en trece escalones (1-13).

  3. Permite a una asociación de canalistas, que se encuentra constituida, registrarse ante la Dirección General de Aguas (DGA).

  4. 6 de nov. de 2018 · ASOC CANAL JUAN FRANCISCO RIVAS. (333 Vistas) VICUNA MACKENNA #134, San Carlos, VIII REGION DEL BIO BIO, Chile Como llegar. Rut: 70369300-8. Razón social: ASOC CANAL JUAN FRANCISCO RIVAS. Última modificación: 2018-11-06 22:37:20. Verificado: No. Categorías: Negocios, Profesionales y Servicios.

  5. CNR bierno de Chile EL AGUA CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN NO 59 La Cornisión Nacional de Riego certifica que, se encuentra inscrita y vigente en el Padrón de Organizaciones de Usuarios de esta institución la siguiente organización: Organización de Usuarios de Agua Asociación Canal Juan Francisco Rivas R.U.T. 70.369.300-8 OIVISION.

  6. – Portavoz de inquietudes y propuestas – Apoyo a sistemas de regulación, derivación, conducción y aplicación del agua – Apoyo a la Constitución y Funcionamiento de Organizaciones de Usuarios – Dar a conocer la importante labor de las organizaciones en la distribución del agua y manejo de cuencas.

  7. Permite a una asociación de canalistas registrarse ante la Dirección General de Aguas (DGA). La constitución de la asociación de canalistas y sus estatutos se realiza a través de una escritura pública suscrita por todas las personas que son titulares de derechos (artículo 257º del Código de Aguas) y requiere