Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 10 de sept. de 2024 · Código de Procedimiento Civil Artículo 77 bis. El tribunal podrá autorizar la comparecencia remota por videoconferencia de cualquiera de las partes que así se lo solicite a las audiencias judiciales de su competencia que se verifiquen presencialmente en el tribunal, si cuenta con los medios idóneos para ello y si dicha forma de ...

  2. 15 de sept. de 2022 · El inciso segundo del artículo duodécimo transitorio de la ley 21394, publicada el 30.11.2021, dispone que, durante el periodo de un año contado desde la entrada en vigencia señalada en el inciso primero de la citada norma transitoria, las disposiciones contenidas en el artículo 77 bis de la presente norma, regirán en los tiempos y ...

  3. Artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil. El tribunal podrá autorizar la comparecencia remota por videoconferencia de cualquiera de las partes que así se lo solicite a las audiencias judiciales de su competencia que se verifiquen presencialmente en el tribunal, si cuenta con los medios idóneos para ello y si dicha forma de ...

  4. 11 de dic. de 2021 · Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa

  5. 30 de nov. de 2021 · La Ley Nº 21.394 reforma el Código de Procedimiento Civil para permitir la comparecencia y los alegatos de las partes por medios remotos en los procedimientos civiles, laborales y de familia. El artículo 77 bis del CPC regula el procedimiento para solicitar la comparecencia voluntaria en audiencias por medios remotos.

  6. 18 de ene. de 2022 · Otra de las modificaciones que integra la ley 21.394, y que ha sido una solución muy beneficiosa en términos de comparecencia, ha sido la que integra el nuevo artículo 77 bis del CPC, en cuanto éste habilita a las partes a comparecer vía remota a las audiencias o instancias judiciales que requieran de su presencia física.

  7. Título VII bis "De la comparecencia voluntaria en audiencias por medios remotos" Artículo 77 bis. El tribunal podrá autorizar la comparecencia remota por videoconferencia de...