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22 de nov. de 2023 · Art. 154. El reglamento interno deberá contener, a lo menos, las siguientes disposiciones: 1.- las horas en que empieza y termina el trabajo y las de cada t urno, si aquél se efectúa por equipos; 2.- los L. 18.620 descansos; ART.
- codigo del trabajo, articulo 154 bis
Texto. Art. 154 bis. El empleador deberá mantener reserva de...
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Artículo 154. El reglamento interno deberá contener, a lo menos, las siguientes disposiciones: 1.- las horas en que empieza y termina el trabajo y las de cada turno, si aquél se efectúa por equipos; 2.- los descansos; 3.- los diversos tipos de remuneraciones; 4.- el lugar, día y hora de pago;
10 de sept. de 2024 · Código del Trabajo. Artículo 154. El reglamento interno deberá contener, a lo menos, las siguientes disposiciones: 1.- las horas en que empieza y termina el trabajo y las de cada t urno, si aquél se efectúa por equipos; 2.- los L. 18.620 descansos; 3.- los diversos tipos de remuneraciones; 4.- el lugar, día y hora de pago; 5.- las ...
28 de sept. de 2022 · Texto. Art. 154 bis. El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral. L. 19.759 Art. único, Nº 20.
Artículo 154 del Código del Trabajo. El reglamento interno deberá contener, a lo menos, las siguientes disposiciones: El procedimiento al que se someterán y las medidas de resguardo y sanciones que se aplicarán en caso de denuncias por acoso sexual.
D.O. 15.06.2017 Art. 154 bis. El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral.
Modifica el Código del Trabajo resguardando la igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo. La ley fue una iniciativa de los diputados Gabriel Ascencio, Jaime Mulet, Carlos Olivares, Mario Venegas, Pedro Araya, Eduardo Díaz, Sergio Ojeda, Jorge Sabag, Patricio Walker y Alejandra Sepúlveda.