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  1. 28 de sept. de 2022 · Texto. Art. 154 bis. El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral. L. 19.759 Art. único, Nº 20.

    • ORD. N°3870

      Así, preciso es considerar que el artículo 154 bis del...

  2. 22 de nov. de 2023 · Art. 154. El reglamento interno deberá contener, a lo. menos, las siguientes disposiciones: 1.- las horas en que empieza y termina el trabajo y las de. cada t urno, si aquél se efectúa por equipos; 2.- los L. 18.620.

  3. Así, preciso es considerar que el artículo 154 bis del Código del Trabajo impone al empleador la obligación de mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral, imperativo que conforme a la doctrina institucional de este Servicio debe prevalecer en la medida que ...

  4. 10 de sept. de 2024 · Código del Trabajo. Artículo 154 BIS. El empleador que no se encuentre obligado a confeccionar el Reglamento Interno al que se refiere el presente Capítulo deberá poner en conocimiento de las trabajadoras y de los trabajadores el protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo y el procedimiento de ...

  5. D.O. 15.06.2017 Art. 154 bis. El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral.

  6. Para efectos de la elaboración del procedimiento de investigación y sanción, el empleador podrá contar con la asistencia técnica del organismo administrador de la ley referida al que se encuentre afiliado.

  7. 1 de ago. de 2024 · La presente ley introduce una serie de modificaciones a diversos textos legales, entre estos, el Código del Trabajo, con el objeto de fortalecer la regulación en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo.

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    artículo 154 bis del código del trabajo