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  1. La vigencia de la certificación de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad es de 1 año para cada nivel, aun cuando el Comité enfrente el proceso de elecciones y se constituya por otros integrantes.

  2. Antes de entrar al proceso de la auditoría nivel superior, se debe cumplir con lo siguiente: • Tener 12 meses de ejercicio desde la fecha de constitución indicada en el acta. • Tener todos los integrantes vigentes de acuerdo al tipo de CPHS que les aplique y con sus respectivos cursos aprobados exigidos en este nivel

  3. Al término de la etapa 4 debe haber medidas específicas para aplicar en la etapa siguiente. Los plazos que se señalan son aproximados y deben regirse por lo establecido en el protocolo MINSAL. A los 2 años desde el inicio de la aplicación del cuestionario.

  4. Cuando la enfermedad diagnosticada al trabajador independiente sea calificada como de origen laboral, el organismo administrador deberá prescribir las medidas correctivas específicas dirigidas a controlar el riesgo del agente que dio origen a la enfermedad profesional.

  5. Los requisitos para los representantes de los trabajadores de un CPHS son: Tener más de 18 años de edad. Saber leer y escribir. Encontrarse trabajando en la respectiva empresa, faena, sucursal o agencia y haber pertenecido un año como mínimo.

  6. Modificación vigente a partir del 1° de septiembre de 2020. El organismo administrador, a partir del conocimiento inicial de los hechos, deberá prescribir las medidas inmediatas a la entidad empleadora adherente o afiliada.

  7. Frente a la ocurrencia de accidentes del trabajo fatales o graves, los organismos administradores deberán prescribir medidas inmediatas, sin perjuicio de las restantes medidas correctivas o preventivas que deban prescribirse una vez realizada la investigación del accidente.