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  1. La Ley 21.420 de 2023 incorpora exenciones de IVA a las Sociedades de Profesionales y a los servicios médicos ambulatorios. Asimismo, la Ley 21.622 de 2023 asimila a las entidades que prestan servicios culturales a las Sociedades de Profesionales.

  2. Servicios profesionales. En el caso de los servicios profesionales, quedarán exentos de IVA siempre y cuando sean prestados por sociedades de profesionales que cumplan con las siguientes condiciones, instruidas en la Circular N° 50 del 27 de octubre de 2022:

  3. A partir del de enero de 2023, están gravados con IVA todos los servicios profesionales prestados en Chile y los servicios prestados desde el extranjero, cuando sean utilizados en Chile, como por ejemplo:

  4. ⚠️ A contar del de enero de 2023, todos los servicios se encontrarán afectos al Impuesto a las Ventas y Servicios (“IVA”), salvo aquellos Servicios Exentos de IVA y la posibilidad de utilizar Sociedades de Profesionales y otras estructuras legales.

  5. 20 de dic. de 2022 · En cuanto comience 2023 todos los servicios profesionales prestados por empresas y algunas sociedades en Chile deberán pagar IVA. La medida afectará a al menos 60 actividades económicas que...

  6. 21 de oct. de 2022 · Poco menos de un año después de la publicación en el Diario Oficial de la Ley N° 21.240, que establece modificaciones al pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), a partir del 1 de enero de 2023 todos los servicios profesionales en Chile comenzarán ser pechados con el 19 % establecido para este tributo, lo que constituye uno de los cambios ...

  7. Si Ud. presta servicios a través de la SpA, a partir del 01.01.2023 debe facturar con IVA, considerando que entrega servicios comunicacionales. Esos servicios no están exentos considerando el tipo de cliente.