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  1. El delito de amenazas consiste en intimidar a una persona con causarle a ella, a su familia, o a otras personas cercanas un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, la integridad sexual, la honra o la propiedad. Este delito busca la protección de la tranquilidad y la paz mental del individuo amenazado.

  2. La amenaza sujeta a condición se sanciona siempre (sea que el mal sea o no constitutivo de delito o incluso si se trata de males “lícitos” con tal que sea impuesta “ilegítimamente”), agravándose la pena si la condición se lleva a cabo o si el mal es delictivo (o por ambas razones a la vez).

  3. Una amenaza es una intención de causar un daño o un efecto negativo. Puede ser un gesto, una palabra o una acción que advierte de un posible peligro. Conoce los tipos, los casos legales y las obras de ficción relacionadas con la amenaza.

  4. El delito de amenaza se presenta cuando se comunica la intención de infligir un daño físico o pérdida a alguna persona. Las amenazas es un delito que ha ido cambiando su ejecución a lo largo del tiempo. Anteriormente, se enviaban mediante cartas, llamadas telefónicas y mensajes de terceros.

  5. 24 de nov. de 2023 · Se conoce como amenaza al peligro inminente, que surge, de un hecho o acontecimiento que aún no ha sucedido, pero que de ocurrir, perjudicará a una o varias personas.

  6. 4 de may. de 2020 · El Código Penal distingue entre la amenaza de causar un mal constitutivo de delito, y la amenaza de causar un mal no constitutivo de delito. Respecto a las primeras, hay que examinar si es que se condicionó la realización del mal amenazado.

  7. La amenaza es un delito de mera actividad (el mal con que se amenaza ha de llegar a ser conocido por el sujeto pasivo). El núcleo esencial del tipo es el hecho de anunciar un mal futuro con hechos, actitudes o palabras.

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