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  1. 27 de jun. de 2023 · Art. 58. El empleador deberá deducir de las L. 19.250 remuneraciones los impuestos que las graven, las Art. 1º Nº 19 cotizaciones de seguridad social, las cuotas sindicales en conformidad a la legislación respectiva y las obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos.

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      1) La deducción a causa de atrasos del monto del incentivo...

  2. 9 de feb. de 2015 · ORD. N°2003/35. Fecha: 09/08/2021. Ley N°21.227. Suspensión temporal de los efectos del contrato de trabajo por el solo ministerio de la ley. Pacto de suspensión temporal del contrato de trabajo.

  3. 19 de dic. de 1996 · Para los efectos del cálculo del 15% a que se refiere el inciso 2° del artículo 58 del Código del Trabajo, debe considerarse el monto bruto total de las remuneraciones a que tenga derecho el trabajador, esto es, sin previa deducción de los descuentos obligatorios establecidos en el inciso 1° del mismo texto.

  4. 24 de jun. de 2024 · Código del Trabajo Artículo 58. El empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad social, las cuotas sindicales en conformidad a la legislación respectiva y las obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos.

  5. Artículo 58 del Código del Trabajo. El empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad social, las cuotas sindicales en conformidad a la legislación respectiva y las obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos. Asimismo, con acuerdo del empleador y del ...

  6. El cincuenta y ocho (58) es el número natural que sigue al cincuenta y siete y precede al cincuenta y nueve. Propiedades matemáticas. Es un número compuesto, que tiene los siguientes factores propios: 1, 2 y 29. Como la suma de sus factores es 32 < 58, se trata de un número defectivo.

  7. Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa

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