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  1. La Renta Presunta es aquella que para fines tributarios de la Ley sobre Impuesto a la Renta se presume a partir de ciertos hechos conocidos, como lo son: Avalúo fiscal de los inmuebles agrícolas y no agrícolas;

  2. Para tributar en Renta Presunta, tanto el transporte terrestre de pasajeros como el transporte terrestre de carga ajena, deben cumplir con los siguientes requisitos: Hasta el 31 de diciembre de 2015. No ser una Sociedad Anónima o en Comandita por Acciones.

  3. El régimen de Renta Presunta no se aplicará a los contribuyentes que obtengan rentas de primera categoría de la Ley de la Renta por las que deban declarar impuestos sobre renta efectiva según contabilidad completa.

  4. 29 de jul. de 2022 · La renta presunta es parte del análisis tributario que los contribuyentes deben realizar al momento de tener un giro comercial y dependerá del tipo de rubro que lleven. Efectivamente, la renta presunta se determina de acuerdo a su régimen tributario.

  5. Declaración de renta efectiva y presunta en el mismo ejercicio. De acuerdo con su presentación, inicialmente comenzó desarrollando una actividad en renta presunta y posteriormente amplió su giro a una actividad de renta efectiva correspondiente a obras menores.

  6. 29 de feb. de 2024 · La Renta Presunta es un sistema tributario alternativo utilizado en Chile para determinar la base imponible de ciertos contribuyentes, especialmente aquellos que se dedican a actividades empresariales, agrícolas, pesqueras o mineras.

  7. La ley consagra que los contribuyentes que se podrán acoger al régimen de renta presunta son: – Los contribuyentes cuya actividad sea la explotación de bienes raíces agrícolas, – Los contribuyentes cuya actividad sea la minería, – Los contribuyentes cuy actividad sea el transporte terrestre de carga o pasajeros.

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