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  1. 24 de jun. de 2024 · Artículo 443. El mandamiento de ejecución contendrá: 1°. La orden de requerir de pago al deudor. Este requerimiento debe hacérsele personalmente; pero si no es habido, se procederá en conformidad al artículo 44, expresándose en la copia a que dicho artículo se refiere, a más del mandamiento, la designación del día, hora y lugar que ...

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      FINAL CPC Ley 1552, 28 de Agosto de 1902 Código de...

  2. 11 de dic. de 2021 · El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandado; 4°. La exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya; y. 5°. La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan al fallo del tribunal.

  3. 30 de nov. de 2021 · Art. 2° El procedimiento es ordinario o extraordinario. Es ordinario el que se somete a la tramitación común ordenada por la ley, y extraordinario el que se rige por las disposiciones especiales que para determinados casos ella establece.

  4. 27 de jun. de 2024 · El artículo 443, numeral primero del Código de Procedimiento Civil establece un caso especial de notificación por cédula. El precepto señala que cuando el deudor haya sido notificado personal o subsidiariamente de una gestión preparatoria de la vía ejecutiva, el requerimiento de pago en el juicio ejecutivo será efectuado por cédula.

  5. 27 de jun. de 2024 · El mandamiento de ejecución y embargo aparece especialmente regulado en el artículo 443 del Código de Procedimiento Civil, a propósito de las reglas del juicio ejecutivo. Se trata de una sentencia interlocutoria de suma importancia que, de paso, es la primera sentencia dictada por el tribunal que conoce del proceso de ejecución.

  6. Siempre que en concepto del tribunal haya fundado temor de que el mandamiento sea desobedecido, podrá solicitar, a petición de parte, el auxilio de la fuerza pública para proceder a su ejecución. Conoce todo lo que dice el Articulo 443 del código de procedimiento civil en Deudas.cl. Asesórate con los mejores abogados en defensa de deudores.

  7. La notificación por cédula es una forma principal de comunicar resoluciones judiciales a un sujeto pasivo, mediante la entrega de una copia no íntegra a un tercero. Conoce los requisitos, la forma y los efectos de esta modalidad de notificación en el CPC.

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