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  1. 18 de mar. de 2005 · Es aquél que se contempla en las plantas o como empleos a contrata en las instituciones señaladas en el artículo 1°, a través del cual se realiza una función administrativa. Es el conjunto de cargos permanentes asignados por la ley a cada institución, que se conformará de acuerdo a lo establecido en el artículo 5°.

  2. LEY No 18.834, ESTATUTO ADMINISTRATIVO. TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO FIJADO POR DECRETO CON FUERZA DE LEY No 29, DE 2004, DEL MINISTERIO DE HACIENDA.

  3. 18 de mar. de 2005 · a) por motivos particulares, hasta por seis meses en cada año calendario, y. b) para permanecer en el extranjero, hasta por dos años. El límite señalado en el inciso anterior, no será aplicable en el caso de funcionarios que obtengan becas otorgadas de acuerdo a la legislación vigente.

  4. Podrá contratarse sobre la base de honorarios a profesionales y Ley 18.834, Art. 10. técnicos de educación superior o expertos en determinadas materias, cuando deban realizarse labores accidentales y que no sean l.

  5. ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO. Santiago, 30 de Enero de 1990.-. Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. N° 3-18.834.-.

  6. Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa

  7. Mostrar el registro sencillo del ítem. Ley no. 18.834 : Estatuto administrativo interpretado, concordado y comentado : texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el DFL.

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