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  1. 10 de ago. de 2022 · Texto. Art. 25 bis. La jornada ordinaria de trabajo de. choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, no. excederá de ciento ochenta horas mensuales, la que no. podrá distribuirse en menos de veintiún días. El tiempo. de los descansos a bordo o en tierra y de las esperas a. bordo o en el lugar de trabajo que les corresponda no será.

  2. Referencias Legales / codigo del trabajo, articulo 427. Compartir icono compartir. codigo del trabajo, articulo 427. Ministerio del Trabajo y Previsión Social . Mintrab ; ... Sistema de integridad y código de ética ; Datos Bancarios DT ; Consulta Ciudadana ; Inspectores del Trabajo ; Conciliadores de la Dirección del Trabajo ;

  3. Texto. Art. 437. En los casos en que no resulte posible. practicar la notificación personal, por no ser habida la. persona a quien debe notificarse y siempre que el ministro. de fe encargado de la diligencia establezca cuál es su. habitación o el lugar donde habitualmente ejerce su. industria, profesión o empleo y, tratándose de persona.

  4. Aquí encontrará el Código del Trabajo de Chile, la máxima ley dentro del derecho laboral chileno, con todos sus artículos. ... Artículo 183 bis; Título VII. Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicio transitorio ... Artículo 427; Artículo 427 bis; Artículo 428; Artículo 429; Artículo 430 ...

  5. Referencias Legales / codigo del trabajo, articulo 507 bis. Compartir icono compartir. codigo del trabajo, articulo 507 bis. Ministerio del Trabajo y Previsión Social . Mintrab ; ... Sistema de integridad y código de ética ; Datos Bancarios DT ; Consulta Ciudadana ; Inspectores del Trabajo ; Conciliadores de la Dirección del Trabajo ;

  6. 30 de nov. de 2021 · El Artículo 5° de la ley, modifica los artículos 3°, 440, 442, 496 del Código del Trabajo (CT). Además, agrega el artículo 427 bis, nuevo. Dentro de estas modificaciones destaca que pasará a ser facultativo para el juez contar el informe de la Dirección del Trabajo para declarar la existencia de un solo empleador para efectos laborales ...

  7. 1 de jun. de 2020 · Artículo 6 ter.-En el evento de que el empleador pusiere término al contrato de trabajo luego de haberse acogido a las prestaciones de esta ley, las indemnizaciones a que se refieren los artículos 163, 163 bis, 168, 169, 170 y 171 del Código del Trabajo deberán considerar como base de cálculo la última remuneración mensual devengada por el trabajador, según los artículos 163 y 172 ...

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