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  1. “El reglamento de copropiedad no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades”, letra B del artículo 8 de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

  2. ¿Qué pueden normar los reglamentos de mascotas en condominios? Los condominios pueden normar la tenencia de mascotas en condominios a través del Reglamento de Propiedad o de normativas que devengan de este documento.

  3. La Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida también como "Ley Cholito", establece una serie de obligaciones que una persona contrae cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía.

  4. 4 de oct. de 2023 · En la nueva ley 21.442, se establece que en el reglamento de copropiedad no se puede prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio.

  5. 4 de oct. de 2023 · ¿Sabes cómo hacer el reglamento para tenencia de mascotas en condominios? Te contamos todo lo que puedes y lo que no deberías incluir en esta normativa.

  6. El reglamento de copropiedad de nuestra comunidad (Artículo Cuarto) dispone que salvo autorización escrita del comité de administración, se prohíbe tener perros, gatos o animales que causen ruidos molestos, amenacen a los transeúntes o residentes o atenten contra la higiene del recinto del condominio.

  7. La indicación se acoge a lo ya establecido por la Ley de Tenencia Responsable de Animales, mejor conocida como “Ley Cholito”, la que exige a los dueños mantener a las mascotas dentro de sus respectivos domicilios.

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