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  1. 14 de dic. de 2008 · Para que esa acción típica y antijurídica quede expresada en una pena requiere de la “culpabilidad” o “responsabilidad penal” o “imputación personal” o “atribución penal” [1]. Sin el juicio de valor que comporta la culpabilidad penal no es posible fundamentar la pena [2] [3].

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  2. Franz von Liszt afirmó que el agente es culpable porque causa, mediante un acto voluntario, un perjuicio ilícito. Según este criterio, llamado psicológico, la culpabilidad puede presentarse de dos maneras diferentes: la intención o dolo y la negligencia o culpa. Pero estas explicaciones se revelaron pronto insuficientes.

  3. La culpabilidad, en Derecho penal, es el juicio de imputación personal, es decir, supone la reprochabilidad del hecho ya calificado como típico y antijurídico, fundada en el desacato del autor frente al Derecho por medio de su conducta, mediante la cual menoscaba la confianza general en la vigencia de las normas. [1]

  4. La culpa, en el Derecho Penal, se refiere a la acción delictiva que se comete sin el debido cuidado para evitar el daño pero sin intencionalidad por parte del sujeto activo. Este acto será sancionado por la ley penal.

  5. 12 de abr. de 2022 · La culpabilidad se refiere a la posibilidad de reprochar penalmente al autor de un acto u omisión típico y antijurídico su comisión, teniendo en cuenta las circunstancias o condiciones en que éste se ha desarrollado y las personales del autor. La culpabilidad exige una valoración del comportamiento humano.

  6. Resumen. La adecuación del concepto y contenido de la culpabilidad a los derechos constitucionales constituye una de las más importantes lagunas en el discurso penal.

  7. 3 de feb. de 2020 · Como se dice habitualmente, la culpabilidad es el elemento del delito en el que se utiliza una visión individualizante, es la categoría en la que se tiene en cuenta al sujeto concreto, frente al proceder generalizante de la antijuridicidad.