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  1. Se utilizarán, cuando proceda, mecanismos oficiosos para la solución de controversias, incluidos la mediación, el arbitraje y las prácticas de justicia consuetudinaria o autóctonas, a fin de facilitar la conciliación y la reparación en favor de las víctimas.

  2. Reafirmando los principios enunciados en la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder, entre ellos que las víctimas serán tratadas con compasión y respeto a su dignidad, que se respetará plenamente su derecho a acceder a los mecanismos de justicia y reparación, y que se ...

  3. AS VÍCTIMAS DE DELITOS Y DEL ABUSO DE PODER 10 B. Las víctimas del abuso de poder 18. Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como

  4. Los derechos de las víctimas de los delitos y abusos de poder son protegidos por la ley. El Estado garantizará a las víctimas el acceso a la justicia y a la compensación por daños y perjuicios.

  5. La Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder fue el fruto de la cooperación internacional en la formulación,...

  6. Adopta la declaración de los principios fundamentales de justicia relativos a las víctimas de la criminalidad y del abuso de poder, que figura en el anexo a la presente resolución y pretende ayudar a los gobiernos y a la comunidad internacional en los esfuerzos que estos realizan, con el fin de que se haga justicia a las víctimas de la criminali...

  7. derechos fundamentales de las víctimas del delito y de abuso del poder sean respetadas. En la Declaración, las víctimas son definidas en sentido amplio como las personas que, individual o colectivamente, han sufrido daæo, incluyendo lesiones, físicas o mentales,