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  1. 14 de jun. de 2024 · Ahora que veo que se realizan juicios jurídicos al por mayor sin tener en cuenta la ciencia del derecho, quisiera referirme a la enorme figura del jurista Hans Kelsen, a mi juicio, el más importante del siglo XX con un legado extraordinario para la juridicidad planetaria, cualquiera sea el sistema jurídico que se imponga en diversas partes ...

  2. 30 de jun. de 2024 · Kelsen, Hans, 1960: Introduction to the Pure Theory of Law, México, UNAM. Citado por la traducción castellana de. Rabasa, Emilio O.: Introducción a la Teoría Pura del Derecho. México, UNAM- IIJ, 2002. La Torre, Massimo, 1993: “Derecho y conceptos de derecho. Tendencias evolutivas desde una perspectiva europea”.

  3. 13 de jun. de 2024 · Lo primero que señala el autor es que en principio existe una aparente contradicción que enfrenta las concepciones de la democracia entre Inmanuel Kant y Hans Kelsen porque el primero identifica la democracia como forma de Estado, en estricto sentido de la palabra: despotismo.

  4. 19 de jun. de 2024 · Hans Kelsen. Resulta intelectualmente deshonesto regatear la iniciativa de reforma al Poder Judicial para elegir jueces, magistrados y ministros vía voto popular, sin antes examinar el actuar por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presidida por Norma Piña.

  5. 17 de jun. de 2024 · Kelsen se plantea el elemento de control sociojurídico constitucional por parte de Estado como un campo sociopolítico relevante para orientar el ordenamiento jurídico y normativo que regula la conducta humana.

  6. Hace 1 día · Décadas más tarde, Hans Kelsen llevó el kantismo a sus últimas conclusiones en su obra «Teoría pura del Derecho», donde rechaza la concepción de que el Derecho sea parte integrante de la moral, advirtiendo que se pone en peligro la pureza metódica de la ciencia jurídica cuando no se distingue claramente entre Derecho y moral.

  7. 29 de jun. de 2024 · El documento resume las ideas de Hans Kelsen sobre la justicia. Según Kelsen, la justicia es una característica posible pero no necesaria del orden social y constituye una virtud individual cuando el comportamiento de una persona concuerda con el orden considerado justo.

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