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  1. 30 de jun. de 2024 · La notificación personal subsidiaria o por el artículo 44 CPC es un acto jurídico procesal, supletorio, por el cual un Receptor Judicial entrega en uno de los domicilios del notificado y señalado por la ley los antecedentes indicados en el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil.

  2. Como indicado, la notificación personal subsidiaria es bien conocida como notificación por art. 44 CPC. Sin embargo, este tipo de notificación judicial se encuentra regulada en el Código de Procedimiento Civil en los artículos 44, 45, 46 y 47. Características de la notificación personal subsidiaria.

  3. Artículo 44. Si buscada en dos días distintos en su habitación, o en el lugar donde habitualmente ejerce su industria, profesión o empleo, no es habida la persona a quien debe notificarse, se acreditará en el acto que ella se encuentra en el lugar del juicio y cuál es su morada o lugar donde ejerce su industria, profesión o empleo ...

  4. 27 de jun. de 2024 · La notificación personal subsidiaria o por el artículo 44 CPC se verifica ante la imposibilidad de notificar personalmente.

  5. Si buscada en dos días distintos en su habitación, o en el lugar donde habitualmente ejerce su industria, profesión o empleo, no es habida la persona a quien debe notificarse, se acreditará en el acto que ella se encuentra en el lugar del juicio y cuál es su morada o lugar donde ejerce su industria, profesión o empleo, bastando para comprobar es...

  6. 3 de dic. de 2021 · La notificación por el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil requiere hoy que el ministro de fe realice dos búsquedas de la persona a quien debe notificarse, en dos días distintos, además de constatar que se encuentra en el lugar del juicio.

  7. 27 de jun. de 2024 · Se entiende por notificación especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, una forma especial de notificación personal que tiene lugar cuando la persona a quien debe notificarse personalmente, no es habida en su habitación o en el lugar donde habitualmente ejerce su industria, profesión, oficio o empleo.