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  1. La demanda de responsabilidad civil extracontractual se debe presentar ante el juzgado civil correspondiente al domicilio de la persona demandada o inculpada. Su tramitación se regirá por las normas del procedimiento ordinario y requerirá del patrocinio de un abogado (a) habilitado para el ejercicio de la profesión por la Corte Suprema.

  2. DEMANDADA PRINCIPAL, LA I. MUNICIPALIDAD DE PUCÓN: 1.-Como es sabido de V.Sa., La responsabilidad civil, atendiendo las diversas fuentes de donde emana, se acostumbra a clasificarla en responsabilidad contractual y responsabilidad extracontractual, siendo de esta última una de sus fuentes la ley.

  3. Actualmente se puede definir la responsabilidad civil como la asignación del deber de resarcir un daño que impone el Derecho a un sujeto determinado (cuando esta responsabilidad, no tiene un origen contractual o convencional, se denomina a esta Extracontractual).

  4. Solicita orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para demandar una indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual. La responsabilidad civil extracontractual se define como la obligación que tiene una persona de reparar el daño causado a otra , tanto por hechos dolosos ...

  5. La Responsabilidad Extracontractual en el Derecho Civil Chileno. Introducción.- La responsabilidad es la obligación que pesa sobre una persona en orden a indemnizar el daño sufrido por otra. Es contractual cuando nace del incumplimiento de obligaciones contractuales. Es extracontractual cuando tiene su origen en algún delito o cuasidelito civil.

  6. empresa demandada plantea dos grupos de infracciones de ley. Por una parte, a las normas de regulación probatoria de los arts. 1700, 1702 y 1712 del Código Civil, este último en relación con el art. 47 del mismo cuerpo legal; por otra parte, a las reglas sustantivas de responsabilidad de los arts. 2314 y 2329 d.

  7. 19 de ene. de 2021 · Centrándonos en la responsabilidad civil extracontractual, esta se podría definir como la obligación de indemnizar o resarcir que surge tras la producción de un acto u omisión por culpa o negligencia, produciendo daños personales o económicos de un sujeto a otro que no estaban vinculados con anterioridad a la producción del mismo.